Título IV: DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CLUB
Capítulo IV: DEL GERENTE
Capítulo V: DE LA COMISIÓN ECONÓMICA
Capítulo IV: DEL GERENTE
Artículo 53º. Nombramiento: el Gerente no podrá ser miembro de la Junta Directiva.
Artículo 54º. Funciones: h) Velar por los intereses del club por encima de otros individuales o corporativos.
Capítulo V: DE LA COMISIÓN ECONÓMICA
Artículo 55º. Objeto y funciones: "es un órgano colegiado de carácter consultivo para la Junta Directiva y la asamblea General, así como el órgano de control económico de los socios"
Funciones:
a) Emitir el informe que incluya memoria, auditoría externa, relaciones económicas con la Fundación...
Artículo 56º. Composición y nombramiento: "integrada por 4 socios de reconocida experiencia en la gestión económica, que serán elegidos en la Asamblea tras presentarse. La Junta podrá presentar un máximo de 2.
Artículo 57º. Duración del mandato: mismo que el de la Junta. Y solo una reelección.
Artículo 58º. La Comisión de Disciplina social: encargada de ejercer y aplicar, por delegación de la asamblea General, la potestad disciplinaria que es necesaria a ésta.
Formada por 5 miembros (uno de la directiva con voto de calidad, otro el defensor del socio con voz pero sin voto y los otros tres erán elegido en la Asamblea procurando que sean Licenciados en Derecho.
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