domingo, 30 de marzo de 2014

CAMBIOS QUE NOS PROPONEN EN LOS ESTATUTOS (Título VI y VII)

Último post sobre los cambios que se van a someter a votación en la Asamblea de mañana. Se votarán todos los artículos en bloque y para que salgan adelante, deberán ser aprobados por 2/3 de los presentes (bien físicamente o bien a través de votos delegados)
De salir adelante, el presidente Miguel Archanco ya ha dicho que él y su Junta dimitirían de sus cargos.

Título VI: DISOLUCIÓN DEL CLUB
Título VII: CÓMPUTO DE PLAZOS Y DISPOSICIONES FINALES


Título VI: DISOLUCIÓN DEL CLUB

Artículo 63º. Forma de disolución:
a) Por imposibilidad maniefiesta de realizar el ibjeto social.
b) Por la fusión o absorción con otro club.
c) Por resolución firme judicial o gubernativa.
d) Por cualquiera de las causas presentes en la legislación vigente.

Título VII: CÓMPUTO DE PLAZOS Y DISPOSICIONES FINALES

Artículo 68º. entrada en vigor: "al día siguiente de su aprobación" y la elección de nuevos cargos de acuerdo a los mismos se hará en la primera asamblea General y/o extraordinaria que se celebre.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA

"Dada la supresión de la categoría socios vinculados a entidades o personas jurídicas y socios con más de un carnet, se concede un plazo, que finalizará el 30 de Mayo de 2014, para que las entidades o personas jurídicas y socios afectadas puedan comunicar al Gerente del Club, por escrito, la persona física a quein se atribuya definitivamente la condición de socio.

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